Información actualizada semanalmente sobre nuestra vida sindical
Publicado: 01 de Julio, 2026
A la comunidad IMP: Derivado de nuestra solicitud de información referente a la firma electrónica de contratos individuales para el periodo de septiembre de 2024 a agosto de 2025, el Dr. Martín Gustavo Moscoso Salas (Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos del IMP) pretendió responder mediante el oficio E0106/0416/2026 (de fecha 14 de mayo de 2026)[cite: 1]. Tras analizar su respuesta, detectamos serias contradicciones:
Por tal motivo, el pasado 29 de mayo de 2026 se presentó ante la Dirección General del IMP el escrito SG/011/2026 para hacer llegar nuestras observaciones y propuestas formales[cite: 1].
Posteriormente, mediante el oficio DFA/403/2026 de fecha 17 de junio de 2026, el Lic. J. Aurelio Ochoa Morales (Titular de la Dirección de Finanzas y Administración del IMP) emitió una respuesta evasiva y descontextualizada[cite: 1]. Ante esto, bajo la opinión jurídica de nuestros asesores legales, se concluye firmemente que no existe ninguna consecuencia jurídica para quienes decidan no firmarlo[cite: 1].
Publicado: 01 de Junio, 2026
En respuesta a la solicitud de información sobre la firma electrónica de contratos individuales, el Dr. Martín Gustavo Moscoso Salas (Asuntos Jurídicos del IMP) pretendió dar respuesta mediante el oficio E0106/0416/2026. Tras analizarlo, nuestra organización detectó serias contradicciones:
Por lo anterior, el pasado 29 de mayo de 2026 se presentó ante la Dirección General del IMP el escrito SG/011/2026, haciendo llegar de manera respetuosa nuestras observaciones y propuestas formales.
Publicado: 28 de Mayo, 2026
En seguimiento al escrito SG/010/2026 y en respuesta al oficio E0106/0416/2026 emitido por la Unidad de Asuntos Jurídicos, nuestra organización sindical ha dirigido un comunicado formal (Oficio SG/011/2026) a la Directora General del IMP, la Dra. Elizabeth Mar Juárez[cite: 11, 13].
El documento expone la incertidumbre de los trabajadores ante la exigencia unilateral de firmar contratos individuales mediante la e.firma del SAT administrada por un proveedor externo (Legario)[cite: 14, 61]. Con el fin de salvaguardar los derechos laborales y garantizar la transparencia, proponemos modificaciones clave: transitar de "vigencia anual" a "actualización salarial anual", el reconocimiento explícito de la antigüedad vinculada a SINAVID, y limitar la movilidad geográfica[cite: 28, 29, 30].
Publicado: 12 de Mayo, 2026
Ante la falta de claridad de las autoridades del IMP sobre la firma electrónica de contratos individuales[cite: 14, 61], nuestra organización ha promovido un amparo indirecto. Buscamos salvaguardar los derechos de los trabajadores y obtener certeza jurídica sobre los alcances de dicha firma[cite: 13, 14]. El juicio ha sido admitido formalmente bajo el expediente 725/2026.
Publicado: 12 de Mayo, 2026
Ante la falta de claridad de las autoridades del IMP sobre la firma electrónica de contratos individuales[cite: 14, 61], nuestra organización ha promovido un amparo indirecto. Buscamos salvaguardar los derechos de los trabajadores y obtener certeza jurídica sobre los alcances de dicha firma[cite: 13, 14].
Publicado: 21 de Abril, 2026
Presentamos nuestro tríptico informativo 2025-2029. Infórmate sobre nuestra postura legal ante el requerimiento de firma electrónica de contratos individuales [cite: 14, 61] y conoce a los integrantes de nuestro Comité Ejecutivo Nacional[cite: 87].